La Comisión Europea concreta las nuevas medidas de seguridad de la tarjeta, que permitirán verificar su autenticidad entre países y combatir falsificaciones y usos fraudulentos
La Tarjeta Europea de Discapacidad incorporará un código QR en su versión física que permitirá comprobar su autenticidad y validez cuando sea utilizada en otros países de la Unión Europea.
La Comisión Europea ha concretado las especificaciones técnicas que deberán utilizar los Estados miembros para garantizar que las futuras tarjetas puedan ser reconocidas y verificadas de forma segura en toda la UE.
Las nuevas reglas afectan tanto a la Tarjeta Europea de Discapacidad como a la futura Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad.
El objetivo es que una tarjeta expedida, por ejemplo, en España pueda ser leída y verificada de manera fiable cuando su titular se encuentre en otro Estado miembro.
El sistema incorporará códigos QR protegidos mediante mecanismos criptográficos y permitirá identificar tarjetas que hayan sido revocadas, al tiempo que deberá limitar el tratamiento de datos personales a la información estrictamente necesaria para realizar la comprobación.
El código QR de la Tarjeta Europea de Discapacidad
La incorporación del código QR ya estaba prevista en la Directiva europea que creó las dos nuevas tarjetas.
La novedad se encuentra ahora en la definición de cómo deberá funcionar técnicamente ese sistema.
Todas las versiones físicas deberán incorporar un QR con información estandarizada que permita realizar comprobaciones entre Estados miembros.
La Comisión Europea pretende que las autoridades y los prestadores de servicios puedan determinar si una Tarjeta Europea de Discapacidad es auténtica y continúa siendo válida.
Para ello, los datos contenidos en el código estarán protegidos mediante un sello electrónico cualificado, una herramienta destinada a garantizar el origen y la integridad de la información electrónica.
La finalidad es dificultar la falsificación de tarjetas y evitar que puedan seguir utilizándose documentos que hayan sido anulados o revocados.
Una tarjeta española podrá comprobarse en otro país europeo
Uno de los aspectos fundamentales de las nuevas especificaciones es la interoperabilidad.
No sería suficiente con que cada Estado miembro dispusiera de su propio sistema de verificación si las tarjetas no pudieran comprobarse fuera del país que las expide.
La regulación establece precisamente los requisitos necesarios para que los códigos QR incluidos en una tarjeta emitida en un Estado miembro puedan leerse y verificarse de manera fiable en otro país de la Unión Europea.
Esto resulta esencial para cumplir la propia finalidad de la Tarjeta Europea de Discapacidad: facilitar que las personas con discapacidad puedan acreditar su situación durante estancias en otros Estados miembros y acceder a determinadas condiciones especiales o tratamientos preferentes en igualdad de condiciones con las personas con discapacidad residentes en el país visitado.
¿Qué podrán comprobar con el código QR?
El sistema está diseñado fundamentalmente para comprobar dos cuestiones: autenticidad y validez.
La verificación permitirá determinar que la tarjeta ha sido expedida por una autoridad legítima y que continúa siendo válida.
Los Estados miembros deberán compartir información técnica sobre las autoridades y organismos responsables de expedir las tarjetas.
También deberán mantenerse mecanismos que permitan identificar las tarjetas revocadas.
De esta manera, una tarjeta que haya dejado de ser válida podrá detectarse cuando se intente verificar en otro Estado miembro.
El objetivo es crear un sistema común que permita utilizar las tarjetas entre países sin depender exclusivamente de una comprobación visual del documento físico.
La Tarjeta Europea de Estacionamiento tendrá más medidas contra el fraude
Las nuevas especificaciones son especialmente detalladas para la Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad.
Además del código QR, su versión física deberá incorporar diferentes medidas de seguridad.
La Comisión establece requisitos sobre los materiales utilizados para fabricar la tarjeta y mecanismos destinados a impedir manipulaciones.
Entre ellos aparecen patrones anticopia y otros elementos avanzados de seguridad.
También se contemplan mecanismos criptográficos de verificación.
La finalidad es dificultar la falsificación, reproducción o utilización fraudulenta de tarjetas de estacionamiento.
Las matrículas también pueden formar parte de la información
El reglamento técnico contempla además determinados datos relacionados con los vehículos en la Tarjeta Europea de Estacionamiento.
Entre la información que puede formar parte de los mecanismos de seguridad se encuentran las matrículas de los vehículos, junto con los datos codificados del QR y la información criptográfica necesaria para verificar la tarjeta.
Esto no significa que desaparezca automáticamente el modelo de utilización establecido por cada Estado ni que todas las tarjetas tengan que quedar vinculadas permanentemente a un único vehículo.
Se trata de especificaciones técnicas destinadas a facilitar la comprobación y combatir el fraude dentro del nuevo sistema europeo.
Protección de los datos personales
La introducción de sistemas de verificación digital también obliga a establecer garantías sobre privacidad.
Las nuevas reglas incorporan medidas vinculadas al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
El sistema deberá utilizar únicamente los datos personales necesarios para realizar las comprobaciones correspondientes.
La Comisión señala que las especificaciones buscan garantizar la seguridad de la información contenida en las características digitales de las tarjetas.
La interoperabilidad entre países deberá conseguirse, por tanto, sin convertir el código QR en un mecanismo para acceder indiscriminadamente a información personal de la persona titular.
La Tarjeta Europea de Discapacidad no sustituirá a la tarjeta española
La creación de la nueva Tarjeta Europea de Discapacidad tampoco significa la desaparición de las acreditaciones nacionales de discapacidad.
La tarjeta europea complementará los documentos nacionales y permitirá acreditar el reconocimiento de la discapacidad durante determinadas estancias en otros Estados miembros.
Cada país seguirá siendo responsable de determinar quién tiene reconocida una discapacidad conforme a su legislación.
Por eso, la normativa europea no crea un porcentaje único de discapacidad válido para obtener la tarjeta en toda la Unión.
En España, el desarrollo normativo tendrá que establecer el procedimiento de expedición conforme al sistema nacional de reconocimiento de la discapacidad.
¿Para qué servirá la Tarjeta Europea de Discapacidad?
Su finalidad es facilitar el reconocimiento de la condición de persona con discapacidad cuando una persona viaje o permanezca temporalmente en otro Estado miembro.
La tarjeta permitirá acceder a las mismas condiciones especiales o tratamientos preferentes que el país visitado ofrezca a sus propios residentes con discapacidad.
Estas condiciones pueden estar relacionadas, dependiendo de cada Estado y servicio, con entradas gratuitas o reducidas, tarifas especiales, acceso prioritario, asistencia personal u otras medidas.
Esto no significa que vaya a existir un catálogo idéntico de descuentos en toda Europa.
La tarjeta garantiza el reconocimiento para acceder a las condiciones existentes en el país visitado, pero cada Estado conserva sus propias medidas y beneficios.
También habrá una versión digital
La tarjeta física no será la única modalidad.
La normativa europea contempla también una versión digital accesible de la Tarjeta Europea de Discapacidad.
La Comisión deberá establecer mediante actos de ejecución las especificaciones técnicas comunes de estas versiones digitales.
El objetivo europeo es que las tarjetas puedan integrarse también en los sistemas digitales y, en el futuro, utilizarse dentro de una cartera europea de identidad digital.
Las reglas ahora concretadas se centran especialmente en las características digitales y de seguridad incorporadas a las versiones físicas.
¿Cuándo llegará a España?
La publicación de estas especificaciones no significa que las nuevas tarjetas puedan solicitarse inmediatamente.
Los Estados miembros deben transponer la Directiva europea a sus legislaciones nacionales antes del 5 de junio de 2027.
Las normas deberán comenzar a aplicarse a partir del 5 de junio de 2028.
España ya ha iniciado los trabajos para adaptar su normativa y regular la futura Tarjeta Europea de Discapacidad.
Hasta que ese proceso se complete y llegue la fecha de aplicación, las actuales acreditaciones nacionales continúan funcionando conforme a la legislación vigente.
La tarjeta de estacionamiento tendrá una transición más larga
En el caso de la Tarjeta Europea de Estacionamiento existe además un periodo específico de sustitución.
Las actuales tarjetas nacionales expedidas conforme al modelo europeo anterior deberán ser sustituidas por la nueva Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad como máximo el 5 de diciembre de 2029.
Por tanto, tampoco se producirá una sustitución inmediata de las actuales tarjetas de estacionamiento.
La transición se realizará progresivamente conforme los Estados adapten sus sistemas al nuevo formato europeo.
Un paso más hacia una tarjeta verificable en toda la Unión Europea
La Tarjeta Europea de Discapacidad avanza así desde el diseño jurídico hacia su funcionamiento práctico.
Europa ya había decidido que la versión física incorporaría un código QR. Las nuevas especificaciones concretan ahora cómo utilizar esa tecnología para que las tarjetas puedan comprobarse entre diferentes Estados miembros.
El objetivo es combinar reconocimiento transfronterizo, seguridad, protección contra el fraude e interoperabilidad.
Cuando el sistema esté plenamente implantado, una persona con una tarjeta expedida en España podrá utilizarla durante sus estancias en otros países de la Unión y el documento podrá ser verificado mediante estándares comunes.
El siguiente gran paso será completar las versiones digitales y la adaptación de las legislaciones nacionales antes de que las nuevas reglas comiencen a aplicarse en junio de 2028.
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