La ataxia de Friedreich, la paraparesia espástica familiar y la ataxia SCA3 han recibido informe definitivo favorable para incorporarse al procedimiento de jubilación anticipada de personas trabajadoras con un grado de discapacidad igual o superior al 45%. COCEMFE pide acelerar los trámites pendientes para que su inclusión sea efectiva.
La jubilación anticipada por discapacidad podría incorporar tres nuevas patologías después de que la Comisión Técnica haya emitido informe definitivo favorable para la ataxia de Friedreich, la paraparesia espástica familiar y la ataxia SCA3.
El pronunciamiento supone un avance dentro del procedimiento previsto para las personas trabajadoras con un grado de discapacidad igual o superior al 45%, aunque la incorporación de estas tres enfermedades todavía no es efectiva. Para ello queda pendiente su inclusión en la normativa correspondiente mediante la modificación del anexo del Real Decreto 1851/2009.
La Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE), que había presentado informes para solicitar la incorporación de seis patologías, reclama al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que los trámites pendientes se completen con celeridad.
Tres patologías reciben informe favorable para la jubilación anticipada por discapacidad
Las tres patologías que han obtenido el informe definitivo favorable son:
- Ataxia de Friedreich
- Paraparesia espástica familiar
- Ataxia SCA3
COCEMFE explica que las entidades directamente implicadas en la elaboración de estos informes fueron FEDAES, la Asociación Española de Paraparesia Espástica Familiar (AEPEF) y COGAMI.
La Confederación había remitido el pasado mes de mayo al Gobierno un total de seis informes elaborados junto a su Movimiento Asociativo para solicitar que nuevas patologías pudieran acceder al procedimiento.
El objetivo era acreditar, mediante evidencia científica, la reducción de la esperanza de vida asociada a determinadas enfermedades, uno de los elementos establecidos en el procedimiento aprobado para ampliar el listado.
La inclusión todavía necesita una modificación normativa
El informe favorable no significa que las personas con estas tres patologías puedan acogerse automáticamente desde este momento a la jubilación anticipada por discapacidad.
Según explica COCEMFE, el procedimiento todavía requiere la incorporación de las patologías a la normativa mediante la correspondiente modificación del anexo del Real Decreto 1851/2009.
Por este motivo, la organización pide al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones “la máxima celeridad” para completar los pasos pendientes y hacer efectivo el reconocimiento para las personas que cumplan los requisitos legales.
El presidente de COCEMFE, Anxo Queiruga, destacó el trabajo desarrollado conjuntamente por las organizaciones de personas con discapacidad y las entidades especializadas.
“Tener un movimiento asociativo fuerte y cohesionado posibilita que podamos llevar a cabo trabajos tan importantes como estos que, a la postre, se traducen en una mejor calidad de vida de las personas con discapacidad física y orgánica a las que representamos”, señaló.
Tres enfermedades reciben informe desfavorable
La resolución no ha sido favorable para las seis patologías cuya incorporación había solicitado COCEMFE.
Han recibido informe desfavorable en esta convocatoria:
- Artritis reumatoide
- Lupus eritematoso sistémico
- Encefalomielitis miálgica (síndrome de fatiga crónica)
COCEMFE asegura que continuará trabajando para conseguir que aquellas patologías que dispongan de evidencia científica suficiente sobre la reducción de la esperanza de vida puedan incorporarse en futuras ampliaciones.
“Se trata de salud, de dignidad y de igualar la transición hacia la jubilación ante situaciones específicas que atraviesan muchas personas con discapacidad física y orgánica”, afirmó Queiruga.
Siete patologías ya fueron incorporadas en julio de 2026
Este nuevo procedimiento llega después de que en julio de 2026 se incorporaran otras siete patologías al listado de enfermedades que pueden acogerse a la jubilación anticipada por discapacidad, según recuerda COCEMFE.
Son las siguientes:
- Espina bífida.
- Enfermedad de Párkinson.
- Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert).
- Enfermedad de Huntington.
- Esclerosis sistémica.
- Amiloidosis por transtiretina variante.
- Enfermedad renal crónica en estadio G5.
La posible incorporación de la ataxia de Friedreich, la paraparesia espástica familiar y la ataxia SCA3 supondría, por tanto, una nueva ampliación, pero habrá que esperar a que finalice el procedimiento normativo para que puedan formar parte efectivamente del listado.
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