El Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte alcanza los 1.029,60 euros anuales en 2026 y puede solicitarse durante todo el año por personas que cumplan los requisitos de discapacidad, movilidad e ingresos
Las personas con discapacidad que tengan graves dificultades para utilizar el transporte colectivo pueden solicitar en Canarias una ayuda de transporte para personas con discapacidad que en 2026 alcanza los 1.029,60 euros anuales, equivalentes a 85,80 euros mensuales.
Se trata del Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte (SMGT), una prestación económica periódica destinada a contribuir a los gastos que generan los desplazamientos fuera del domicilio habitual.
El procedimiento permanece abierto durante todo el año, por lo que no existe una convocatoria con una fecha concreta de cierre.
Para poder acceder a esta ayuda de transporte para personas con discapacidad no basta, sin embargo, con tener reconocido un grado de discapacidad. Es necesario cumplir además requisitos relacionados con la dificultad para utilizar transportes colectivos, los ingresos y la situación de la persona solicitante.
¿Cuánto se cobra en 2026?
La cuantía del Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte se ha incrementado en 2026 un 2,7%.
La prestación queda fijada en:
85,80 euros al mes.
Esto supone:
1.029,60 euros al año.
La cuantía está establecida para 2026 por la normativa estatal sobre revalorización de las pensiones y otras prestaciones sociales públicas.
Por tanto, la ayuda de transporte para personas con discapacidad no consiste en el reembolso individual de cada billete, trayecto en taxi o gasto concreto realizado por la persona beneficiaria, sino en una prestación económica periódica con una cuantía previamente establecida.
¿Quién puede solicitar la ayuda de transporte para personas con discapacidad?
Uno de los primeros requisitos es tener tres o más años de edad.
La persona solicitante deberá tener reconocido además un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Pero tener un 33% de discapacidad no genera automáticamente el derecho a cobrar la prestación.
También es necesario acreditar graves dificultades para utilizar transportes colectivos de acuerdo con el baremo establecido reglamentariamente.
Esta circunstancia deberá aparecer acreditada en el correspondiente dictamen de discapacidad.
Tener un 33% de discapacidad no es suficiente
Esta diferencia es especialmente importante.
Una persona puede tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y, sin embargo, no reunir los requisitos necesarios para recibir la ayuda de transporte para personas con discapacidad.
La finalidad de la prestación no es compensar económicamente la discapacidad con carácter general.
Su objetivo específico es atender los gastos derivados de los desplazamientos fuera del domicilio de aquellas personas que, debido a su discapacidad, presentan graves dificultades para utilizar los medios colectivos de transporte.
Por este motivo, la documentación exigida por el Gobierno de Canarias incluye el dictamen de grado de discapacidad en el que se acredite la dificultad para utilizar el transporte público.
También hay un límite de ingresos
La prestación está sometida igualmente a requisitos económicos.
Con carácter general, los recursos económicos personales y/o familiares no pueden superar el 70% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), en cómputo anual, vigente en cada momento.
Este límite puede incrementarse cuando la persona beneficiaria tenga personas a su cargo o dependa de una unidad familiar.
En estos casos, el porcentaje aumenta un 10% por cada miembro distinto de la propia persona beneficiaria, hasta alcanzar como máximo el 100% del indicador.
Por tanto, el límite económico aplicable a la ayuda de transporte para personas con discapacidad puede variar dependiendo de la composición y circunstancias de la unidad familiar.
Existe una excepción relacionada con las pensiones no contributivas
La regulación contempla además una particularidad importante.
El derecho al Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte es compatible con la percepción de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social o con los recursos personales de la persona beneficiaria que no superen la cuantía de estas pensiones.
Esta circunstancia debe tenerse en cuenta al analizar individualmente si se cumplen los requisitos económicos.
No se puede estar imposibilitado para salir del domicilio
Puede parecer contradictorio, pero existe otro requisito esencial para obtener esta prestación.
La persona solicitante no puede encontrarse, por su estado de salud u otras circunstancias, imposibilitada para realizar desplazamientos fuera de su domicilio habitual.
La razón está relacionada con la propia finalidad de la ayuda: compensar los gastos derivados precisamente de esos desplazamientos.
Por tanto, deben concurrir dos circunstancias diferentes: existir graves dificultades para utilizar el transporte colectivo y, al mismo tiempo, mantenerse la posibilidad de efectuar desplazamientos fuera de casa.
¿Qué ocurre con las personas que viven en un centro?
La normativa contempla también la situación de las personas con discapacidad atendidas en centros.
Pueden acceder a la ayuda de transporte para personas con discapacidad quienes estén atendidos en régimen de media pensión.
También pueden ser beneficiarias las personas que se encuentren en régimen de internado siempre que se desplacen fuera del centro como mínimo diez fines de semana al año.
La regulación trata así de garantizar que la prestación esté vinculada a la existencia efectiva de desplazamientos fuera del lugar de residencia habitual.
¿Es compatible con otras ayudas?
Otro de los requisitos generales del Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte es no ser beneficiario o no tener derecho a otra prestación o ayuda de naturaleza y finalidad análogas y, en su caso, de igual o superior cuantía concedida por otro organismo público.
Esto significa que la existencia de otra ayuda relacionada con el transporte puede afectar al derecho a percibir el subsidio.
Por ello, antes de solicitar la prestación resulta conveniente comprobar las posibles incompatibilidades en función de las ayudas que ya reciba cada persona.
¿Qué documentación hay que presentar en Canarias?
Para solicitar la ayuda de transporte para personas con discapacidad, la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias establece diferente documentación.
Entre ella se encuentra la propia solicitud de prestaciones sociales y económicas y la documentación de identificación de la persona solicitante y, cuando corresponda, de las personas integrantes de su unidad de convivencia.
También puede ser necesario presentar:
- Certificado de convivencia.
- Certificado de empadronamiento que acredite la residencia en Canarias.
- Datos bancarios.
- Justificantes de ingresos de la persona solicitante y, cuando proceda, de la unidad de convivencia.
- Dictamen de grado de discapacidad.
- Documentación de la persona representante legal o guardadora de hecho, cuando corresponda.
Para acreditar los ingresos pueden solicitarse documentos como la declaración de la renta, declaración de no haberla presentado, certificados de haberes, certificados bancarios u otra documentación económica aplicable a cada situación.
El dictamen de discapacidad es fundamental
Uno de los documentos más importantes es el dictamen de grado de discapacidad.
Este deberá acreditar específicamente la dificultad de la persona para utilizar el transporte público y su posibilidad de realizar desplazamientos fuera del domicilio habitual.
No debe confundirse, por tanto, la acreditación general del porcentaje de discapacidad con el cumplimiento del requisito específico de movilidad exigido para esta prestación.
Este elemento puede determinar que dos personas con el mismo porcentaje de discapacidad tengan una situación diferente a efectos de acceder a la ayuda de transporte para personas con discapacidad.
Se puede solicitar durante todo el año
Una de las principales ventajas del procedimiento es que no existe que esperar a una convocatoria anual.
La Sede Electrónica del Gobierno de Canarias mantiene el plazo de presentación abierto durante todo el año.
La solicitud puede tramitarse electrónicamente.
También existe la posibilidad de presentación presencial a través de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias y de los demás registros admitidos por la legislación de procedimiento administrativo.
Además, el procedimiento no tiene tasas.
Canarias tiene tres meses para resolver
Una vez presentada correctamente la solicitud, el plazo establecido para que la Administración resuelva es de tres meses.
El órgano encargado de tramitar y resolver el procedimiento es el Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración.
Existe además un elemento especialmente relevante para las personas solicitantes.
La Sede Electrónica del Gobierno de Canarias establece que el silencio administrativo es estimatorio cuando el procedimiento se inicia a petición de la persona interesada.
Es decir, la ficha oficial del procedimiento atribuye efectos positivos al silencio administrativo una vez transcurrido el plazo previsto, sin perjuicio de las reglas generales aplicables al reconocimiento y efectividad del derecho.
Una prestación estatal que se gestiona en Canarias
Aunque la solicitud se realiza ante el Gobierno de Canarias, el Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte forma parte del sistema especial de prestaciones sociales y económicas para personas con discapacidad regulado por la legislación estatal.
El Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad reconoce el derecho al subsidio a las personas con discapacidad que presenten dificultades para utilizar transportes colectivos y cumplan los requisitos establecidos reglamentariamente.
La gestión de esta ayuda de transporte para personas con discapacidad corresponde en Canarias a la Administración autonómica.
1.029,60 euros anuales para compensar los problemas de movilidad
Durante 2026, las personas que reúnan todos los requisitos pueden percibir 1.029,60 euros al año, distribuidos en una cuantía mensual de 85,80 euros.
Para acceder a la prestación es necesario tener al menos tres años, un grado de discapacidad igual o superior al 33%, acreditar graves dificultades para utilizar transportes colectivos, poder realizar desplazamientos fuera del domicilio y cumplir los requisitos económicos y restantes condiciones establecidas.
La ayuda de transporte para personas con discapacidad puede solicitarse en Canarias durante todo el año y la Administración dispone de un plazo de tres meses para resolver.
Se trata así de una prestación que puede pasar desapercibida entre las diferentes ayudas vinculadas a la discapacidad, pero que permanece disponible de forma permanente para aquellas personas que cumplan los requisitos.
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