Deroga la prohibición de que se pueda contratar seguros de vida sobre la cabeza de las personas incapacitadas judicialmente
El Pleno del Congreso aprobó definitivamente el proyecto de Ley que reforma el régimen legal de indemnizaciones como consecuencia de accidentes de vehículos de motor, aceptando la enmienda que le había remitido el Senado.
Este cambio legal en el régimen del seguro del automóvil venía obligado por una directiva europea que España transpone con más de dos años de retraso.
A petición del CERMI, que venía planteándolo desde hace años, se ha aprovechado esta modificación del marco legal de seguro de accidentes para reformar la Ley de Contrato del Seguro que data del año 1980.
Esta Ley contenía una discriminación para las personas con discapacidad que estaban sometidas a incapacitación judicial, de acuerdo con el Derecho Civil vigente antes del cambio operado en 2021.
Así, pesaba la prohibición de que se pudiera contratar seguro de vida sobre la cabeza de una persona incapacitada judicialmente, lo que constituía una discriminación por razón de discapacidad.
A partir de la entrada en vigor de este cambio en la Ley de Contrato del Seguro, desparece esta prohibición en el acceso al contrato de seguro. Únicamente, para aquellas que tengan una medida de apoyo de carácter representativo, se necesitará la autorización del representante.
Con esta reforma legal, pendiente tan solo de publicación en el Boletín Oficial del Estado y entrada en vigor, se avanza en una legislación de seguros que tiene más en cuenta la realidad de las personas con discapacidad y que no utiliza esta circunstancia para negar o debilitar derechos, beneficios y prestaciones.

