La Proposición de reforma del Reglamento del Congreso sobre lenguaje inclusivo continúa su tramitación parlamentaria al haber sido rechazada la enmienda a la totalidad de texto alternativo presentada por el Grupo VOX, por 32 votos a favor, 176 en contra y 136 abstenciones. La reforma del Reglamento original es iniciativa de los grupos Socialista y Plurinacional SUMAR, y fue tomada en consideración en la sesión plenaria del pasado 19 de marzo.
El texto alternativo rechazado planteaba modificar el Reglamento en las siguientes cuestiones: “el número de Comisiones Permanentes Legislativas”; “la publicidad de los informes de los Letrados de las Cortes relativos a la tramitación de iniciativas legislativas2; “los informes que han de acompañar a las proposiciones de ley que proceden de la iniciativa de Grupos Parlamentarios que sostienen el Gobierno”.
Asimismo proponía modificaciones en “el uso obligatorio de la lengua española en el ejercicio de la actividad parlamentaria”; “la fórmula que ha de emplearse para prestar el acatamiento a la Constitución”; “el respeto de los requisitos legales para la constitución de un grupo parlamentario”; “el control de la actividad del Gobierno por parte del Congreso de los Diputados”; y “la garantía del derecho a voto de los Diputados en sesión plenaria”.
Como la iniciativa legislativa ha superado el debate de totalidad, de acuerdo con el artículo 113 del Reglamento, continúa su tramitación parlamentaria en ponencia, comisión y Pleno, donde para su aprobación se requiere mayoría absoluta.
Lenguaje inclusivo
De acuerdo con la exposición de motivos de la Proposición, el uso de lenguaje inclusivo y no sexista “emana directamente de nuestra Constitución”; en concreto, del artículo 14, que establece “los principios de igualdad y no discriminación”. Asimismo, el texto hace referencia a la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, que prevé, “la implantación de un lenguaje no sexista en el ámbito administrativo”.
Además, se apunta que la revisión tiene en consideración la Guía de Recomendaciones para un uso no sexista del lenguaje en la Administración parlamentaria, “si bien se respeta el original de la normativa citada o referida en el texto, respecto de la que todavía no se haya emprendido una completa revisión del lenguaje inclusivo”.
“De los derechos de las diputadas y diputados”
Como ejemplos de la nueva redacción propuesta: en el artículo primero se sustituye “Congreso de los Diputados” por Congreso; en su artículo segundo se incluye la referencia a que la sesión constitutiva será presidida inicialmente por “la diputada o diputado de mayor edad”. Asimismo, en el artículo tercero se determina que “la Presidencia” -frente a la presente redacción que alude al “Presidente”- declarará abierta la sesión y una de “las personas que ocupe la Secretaría” dará lectura al Real Decreto de convocatoria.
La reforma del Reglamento de la Cámara está prevista en su propia Disposición Final Segunda, donde se establece que las proposiciones de reforma se tramitarán por el procedimiento establecido para las proposiciones de ley de iniciativa del Congreso. Así, ahora se abrirá un plazo de presentación de enmiendas y se remitirá a la Comisión de Reglamento. Las especialidades del procedimiento legislativo, como la urgencia o la lectura única, también se pueden aplicar si así se decide de acuerdo con el propio Reglamento.

