El plazo termina el 9 de septiembre y las ayudas están destinadas a sufragar gastos de reeducación pedagógica o del lenguaje del alumnado con TDAH que no tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 25%
Las ayudas para alumnado con TDAH en Canarias permiten a las familias solicitar hasta 913€ para sufragar gastos de reeducación pedagógica o del lenguaje realizados durante el curso 2025/2026.
La convocatoria está dirigida específicamente al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE) asociadas a trastornos por déficit de atención con o sin hiperactividad (TDAH) que no tenga reconocida una situación de discapacidad igual o superior al 25%.
El plazo permanece abierto y finalizará el próximo miércoles 9 de septiembre de 2026.
El Gobierno de Canarias ha destinado 800.000€ a esta convocatoria, que pretende dar respuesta a alumnado que no pudo acceder a las ayudas estatales para necesidades específicas de apoyo educativo por no cumplir el requisito relacionado con el porcentaje de discapacidad.
¿Quién puede solicitar las ayudas para alumnado con TDAH en Canarias?
No basta con tener un diagnóstico de TDAH para acceder a estas ayudas.
El alumnado debe cumplir varios requisitos.
En primer lugar, tiene que disponer de un informe psicopedagógico con necesidades específicas de apoyo educativo por TDAH, emitido por los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógicos (EOEP).
Ese informe debe tener fecha anterior a septiembre de 2025 y una antigüedad máxima de cinco cursos.
Además, el alumno o alumna no puede tener reconocida una situación de discapacidad igual o superior al 25%.
Precisamente este requisito constituye una de las principales características de la convocatoria.
Una ayuda para quienes quedaron fuera de las becas estatales
El propio Gobierno de Canarias explica en la convocatoria que estas ayudas pretenden atender las necesidades de alumnado que no pudo acceder a las ayudas para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo convocadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
El motivo es que no cumplía uno de los requisitos establecidos en aquella convocatoria al no disponer de un certificado de discapacidad igual o superior al 25%.
Canarias crea así una ayuda específica para intentar cubrir esa situación.
La finalidad es reforzar el proceso educativo del alumnado fuera del contexto escolar.
¿En qué centros debe estar escolarizado el alumnado?
Otro de los requisitos es haber estado escolarizado durante el curso 2025/2026 en un centro educativo público de Canarias.
La convocatoria incluye alumnado de:
- Educación Infantil.
- Educación Primaria.
- Educación Secundaria Obligatoria.
- Bachillerato.
- Ciclos Formativos de Grado Básico.
- Ciclos Formativos de Grado Medio.
- Ciclos Formativos de Grado Superior.
Por tanto, la ayuda abarca diferentes etapas educativas, desde Infantil hasta Formación Profesional.
Un aspecto importante es que la convocatoria se refiere específicamente a alumnado de centros educativos públicos no universitarios de Canarias.
Hasta 913€ por alumno o alumna
La cuantía máxima que puede recibir cada persona beneficiaria es de 913€.
Sin embargo, esto no significa que todas las solicitudes aprobadas vayan a recibir automáticamente esa cantidad.
La ayuda nunca podrá superar el gasto que realmente haya soportado la familia.
Por ejemplo, si los gastos subvencionables acreditados ascienden a una cantidad inferior a 913€, la ayuda no podrá superar ese importe.
Además, la convocatoria contempla la posibilidad de realizar un prorrateo si los 800.000€ disponibles no fueran suficientes para atender íntegramente todas las solicitudes que cumplan los requisitos.
En ese caso, el presupuesto se distribuirá entre las solicitudes admitidas teniendo en cuenta los gastos acreditados.
¿Qué gastos cubren las ayudas?
Las ayudas para alumnado con TDAH en Canarias están destinadas específicamente a sufragar gastos de reeducación pedagógica o del lenguaje correspondientes al curso escolar 2025/2026.
Se incluyen las intervenciones psicoeducativas específicas y profesionales recibidas durante ese periodo.
Esto significa que la convocatoria permite compensar a las familias por determinados gastos que ya se han producido durante el curso pasado.
Para acceder a la ayuda, el servicio debe haber sido prestado por un gabinete psicopedagógico, centro o profesional especialista.
Los refuerzos escolares no están incluidos
La convocatoria establece una diferencia importante.
No se consideran subvencionables los refuerzos escolares destinados simplemente a mejorar las calificaciones académicas.
La ayuda está vinculada a intervenciones específicas de reeducación pedagógica o del lenguaje relacionadas con las necesidades educativas del alumnado.
Por tanto, una academia o unas clases particulares convencionales destinadas únicamente a reforzar asignaturas no entran automáticamente dentro de esta convocatoria.
¿Qué documentación deben presentar las familias?
La solicitud debe acompañarse de documentación que permita acreditar los gastos y las intervenciones realizadas.
Entre los documentos exigidos se encuentran las facturas emitidas por el gabinete psicopedagógico, centro, profesional especialista o profesional de reeducación que prestó el servicio durante el curso 2025/2026.
Las facturas deben recoger, entre otros datos, el tipo de servicio prestado, la persona beneficiaria, el número y fecha de expedición, el periodo durante el que se prestó el servicio y su importe.
También deberá aportarse un documento normalizado cumplimentado por el gabinete, centro o profesional.
En él deben detallarse las características del servicio, las horas realizadas, el precio y el número de colegiación de la persona profesional que prestó la intervención.
Cuando el alumnado sea menor de edad deberá acreditarse además, cuando corresponda, su representación legal mediante el libro de familia o resolución judicial.
¿Hay que presentar el certificado de discapacidad?
La convocatoria está dirigida precisamente a alumnado que no tenga reconocida una situación de discapacidad igual o superior al 25%.
El formulario incluye una declaración responsable en la que la persona solicitante debe indicar esta circunstancia.
También se declarará que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La Administración podrá comprobar posteriormente la veracidad de los datos declarados.
¿Cómo se solicita?
La presentación de las solicitudes se realiza prioritariamente de manera electrónica mediante el aplicativo habilitado en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
La familia deberá cumplimentar el formulario específico y adjuntar la documentación exigida.
Quienes dispongan de alguno de los sistemas de identificación y firma admitidos por la sede electrónica podrán completar todo el procedimiento por internet y aportar la documentación requerida en formato PDF.
Sin embargo, no disponer de firma electrónica no impide solicitar la ayuda.
En ese caso puede cumplimentarse el modelo, imprimirlo y presentarlo firmado junto con la documentación correspondiente a través de cualquiera de los registros admitidos legalmente.
El alumnado debe figurar en la cuenta bancaria
Existe otro requisito que conviene revisar antes de completar el procedimiento.
Para que posteriormente pueda abonarse la ayuda, la persona beneficiaria debe estar dada de alta como persona física en la Base de Datos de Acreedores de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Además, el alumno o alumna debe ser titular o cotitular de la cuenta bancaria utilizada para recibir el pago.
Este detalle puede ser especialmente importante cuando la persona beneficiaria es menor de edad y la familia utiliza habitualmente una cuenta bancaria que está únicamente a nombre de los progenitores o representantes.
¿Qué ocurre si falta algún documento?
La presentación incompleta de una solicitud no supone necesariamente perder inmediatamente la ayuda.
Si la solicitud no reúne los requisitos o falta alguno de los documentos obligatorios, la Administración podrá requerir a la persona solicitante para que subsane la documentación.
El plazo establecido para realizar esa subsanación es de diez días hábiles.
Si no se atiende el requerimiento dentro del plazo correspondiente, se considerará que la persona desiste de su solicitud.
Las ayudas son compatibles con otras subvenciones
Las ayudas pueden ser compatibles con otras subvenciones, ingresos o recursos destinados a la misma finalidad.
Existe, sin embargo, un límite.
La suma de todas las ayudas recibidas no puede superar el coste real de la actividad subvencionada.
Si la familia recibe otra ayuda destinada a financiar el mismo servicio deberá comunicarlo a la Consejería de Educación.
Ayudas para alumnado con TDAH en Canarias: lo más importante
Las ayudas para alumnado con TDAH en Canarias pueden alcanzar los 913€ por persona beneficiaria y están destinadas a sufragar determinados gastos de reeducación pedagógica o del lenguaje realizados durante el curso 2025/2026.
Para acceder a las ayudas para alumnado con TDAH en Canarias, el alumnado debe cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria, entre ellos contar con el informe psicopedagógico correspondiente y no tener reconocida una discapacidad igual o superior al 25%.
Las familias interesadas en las ayudas para alumnado con TDAH en Canarias deben aportar las facturas y documentación que acrediten los servicios recibidos durante el curso pasado.
El plazo de las ayudas para alumnado con TDAH en Canarias finaliza el 9 de septiembre de 2026, por lo que las familias interesadas disponen ya de pocos días para presentar la solicitud.
Hasta el 9 de septiembre para presentar la solicitud
Las familias que crean que pueden cumplir los requisitos disponen de poco tiempo para revisar la documentación.
El plazo para solicitar las ayudas para alumnado con TDAH en Canarias finaliza el miércoles 9 de septiembre de 2026.
La convocatoria puede alcanzar los 913€ por persona beneficiaria y está destinada a compensar los gastos de reeducación pedagógica o del lenguaje realizados durante el curso 2025/2026.
Para acceder es necesario, entre otros requisitos, disponer de un informe psicopedagógico con NEAE por TDAH emitido por un EOEP, haber estudiado en un centro público canario durante el curso pasado, haber recibido la intervención correspondiente y no tener reconocida una discapacidad igual o superior al 25%.
Las familias que hayan asumido estos gastos durante el último curso deberían comprobar cuanto antes si cumplen los requisitos y reunir las facturas y documentación necesarias antes de que finalice el plazo.
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