El Consejo de Estado, máximo órgano consultivo del Gobierno, tiene pendiente de emitir dictamen sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se crea y regula la unidad técnica de apoyo y coordinación de las autoridades de vigilancia, prevista en la Ley 11/2023, el cual incluye una disposición final que añade un nuevo apartado 4 al artículo 90 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, prohibiendo que en los mismos se denigre a las personas con discapacidad.
El citado Proyecto de Real Decreto llega al Consejo de Estado, último trámite antes de su aprobación por el Consejo de Ministros, a propuesta conjunta de los ministerios de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y de Cultura, según ha podido saber el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), que se ha personado en este procedimiento para conocer los términos exactos de la modificación de la normativa reglamentaria taurina.
En concreto, el Proyecto de Real Decreto mencionado incorpora una disposición final que añade un nuevo apartado 4 al artículo 90 del Reglamento de Espectáculos Taurinos. Dicho precepto establece que estos espectáculos deberán respetar la dignidad humana y los derechos de las personas, prohibiendo expresamente la mofa y la denigración pública, especialmente cuando afecten a minorías sociales como la de las personas con discapacidad, e impidiendo a la autoridad gubernativa su autorización cuando infrinjan este mandato.
Para el CERMI, esta modificación constituye un paso relevante en la erradicación de prácticas discriminatorias y humillantes que, bajo la apariencia de entretenimiento o tradición, han perpetuado estereotipos ofensivos y atentatorios contra la dignidad de las personas con discapacidad.
La nueva regulación se alinea con los compromisos asumidos por España en virtud de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, así como de Ley 15/2022, de igualdad de trato y no discriminación, reforzando la obligación de los poderes públicos de prevenir y sancionar cualquier forma de trato denigrante o discriminatorio en el ámbito de los espectáculos públicos.
Con esta reforma reglamentaria, se lleva expresamente a la normativa taurina lo que ya rige en la legislación general de discapacidad y de igualdad de trato y no discriminación, de modo que no haya ningún tipo de duda o ambigüedad sobre la intención del Legislador en esta materia.
El CERMI confía en que esta reforma culmine con rapidez su tramitación y se aplique una vez aprobada con rigor por las autoridades competentes, consolidando un enfoque de derechos humanos en todas las manifestaciones culturales y de ocio, y reafirmando que la dignidad de las personas con discapacidad no puede ser objeto de burla ni de escarnio.
El movimiento social de la discapacidad continuará vigilante y colaborando activamente para que el ordenamiento jurídico español avance de manera decidida hacia una sociedad plenamente inclusiva, respetuosa y libre de discriminación.

