La actualización eleva los límites de ingresos y de renta para adaptarlos al encarecimiento del mercado del alquiler
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha ampliado las cuantías y los límites económicos de las ayudas municipales al alquiler de vivienda habitual con el objetivo de reforzar la protección a las personas y unidades convivenciales con menos recursos y adecuar esta línea de apoyo a la evolución del mercado de la vivienda.
El concejal de Planificación, Desarrollo Urbano y Vivienda, Mauricio Roque, ha señalado que estas ayudas, dotadas con un presupuesto de 1,5 millones de euros, se conceden en régimen de concesión directa con cargo al presupuesto municipal y están destinadas a atender situaciones de necesidad social, prevenir procesos de exclusión y evitar la pérdida de la vivienda habitual, así como a cubrir, en casos justificados, necesidades de alojamiento temporal.
Incremento de los límites económicos
Entre las principales novedades, el Ayuntamiento ha elevado el umbral de ingresos máximos de las personas beneficiarias, que pasa de situarse en el doble del IPREM mensual vigente a 2,5 veces este indicador, lo que supone un incremento del 25% en el límite de acceso a las ayudas.
Asimismo, se han incrementado los topes de renta mensual del alquiler. En el régimen general, el límite pasa de 650 euros a 750 euros, lo que representa un aumento del 15,38%. En el caso de familias numerosas o de personas con movilidad reducida que necesiten vivienda adaptada, el tope se eleva de 750 euros a 900 euros mensuales, con un incremento del 20%.
Cuantía de las ayudas
También se ha reforzado la cuantía máxima de las subvenciones. La ayuda general podrá alcanzar hasta el 80% de la renta mensual del alquiler, con un límite que se incrementa de 520 euros a 750 euros al mes, lo que supone una subida del 44,23% respecto a la cuantía anterior.
De manera excepcional, y previo informe social motivado, la subvención podrá cubrir el 100% de la renta mensual, con un máximo que pasa de 600 euros a 750 euros, lo que implica un aumento del 25%.
El abono de la ayuda podrá realizarse directamente a la persona beneficiaria o, de forma indirecta, al propietario de la vivienda por el órgano competente del Ayuntamiento.
Requisitos de acceso
Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas empadronadas y residentes en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria durante, al menos, los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud, siempre que carezcan de recursos económicos suficientes para atender el pago del alquiler de su vivienda habitual. Este requisito no será exigible en el caso de personas emigrantes retornadas que acrediten su situación conforme a las bases reguladoras.
La persona solicitante deberá ser titular del contrato de arrendamiento, conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos, y la vivienda deberá constituir su domicilio habitual y permanente.
Quedan excluidos los subarrendamientos, las viviendas destinadas a usos distintos del residencial y los supuestos en los que exista parentesco en primer o segundo grado entre la persona arrendadora y la arrendataria. Tampoco podrán acceder a estas ayudas quienes perciban otras subvenciones de la misma naturaleza y finalidad.
Plazo y procedimiento
La duración inicial de la ayuda será, con carácter general, de seis meses, con posibilidad de prórrogas hasta un máximo de 24 meses, y hasta 36 meses en situaciones de extrema necesidad debidamente acreditadas.
Las solicitudes podrán presentarse por vía telemática a través de la Sede Electrónica municipal o de forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento hasta el próximo 30 de abril, sin perjuicio de que puedan tramitarse durante todo el año en situaciones de urgencia acreditada.
Toda la información detallada sobre requisitos, documentación y procedimiento de solicitud puede consultarse en la web municipal.

