Con el voto a favor del Gobierno local (Juntos por Mogán), el PSOE y la abstención de NC-BC, se ha aprobado, con carácter definitivo, establecer como modelo de gestión del servicio público de construcción y gestión de viviendas protegidas en régimen de alquiler asequible, con o sin opción a compra, la constitución a favor de personas físicas o jurídicas privadas de derechos de superficie sobre cuatro parcelas de titularidad municipal ubicadas en Veneguera (1), El Horno (1) y Motor Grande (2). Asimismo se ha aprobado definitivamente el Reglamento que establece el régimen jurídico, las bases del procedimiento de adjudicación de las viviendas y el funcionamiento de la construcción y su gestión.
Antes de aprobar estos acuerdos, se desestimaron las alegaciones presentadas por los concejales de Nueva Canarias. Estos consideran que hay una ausencia de valoración en la memoria del expediente en lo referido a los servicios públicos, concretamente en lo que a los importes del alquiler. En ese sentido, la Asesoría Jurídica municipal aclara que los precios máximos de referencia utilizados para el estudio económico-financiero vienen establecidos en el Decreto-ley 24/2020, de 23 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes en los ámbitos de vivienda, transportes y puertos de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias. Y que estos han sido los empleados para determinar la renta máxima de arrendamiento de las viviendas protegidas.
NC-BC también alega una falta de valoración en la memoria sobre el chabolismo en el municipio. No obstante, tal y como responde el informe, “ya existe un expediente para la «Redacción del Programa de ayuda a la erradicación de zonas degradadas, del chabolismo y la infravivienda, contemplado en el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, para las actuaciones a realizar en el actual área de chabolas de Arguineguín».” Por tanto, serán las actuaciones dispuestas en el mencionado expediente las que den una respuesta adecuada y definitiva a esta situación.
Por otro lado, hacen referencia al canon, solicitando su revisión “para introducir alguna aproximación cuantitativa que permita conocer, en términos generales, a cuanto podría ascender el canon que la empresas o empresas adjudicarías, deberían satisfacer al Ayuntamiento”. Sin embargo, este no está recogido en la memoria porque directamente no esta contemplado para la actividad que se pretende. La contraprestación pretendida por el Ayuntamiento sí que está recogida en el artículo 8, que manifiesta: “la Administración podrá exigir a la superficiaria una reserva de viviendas para ser entregadas al Ayuntamiento de Mogán. La gestión de estos pisos correrá a cargo del Ayuntamiento”.
Por último, proponen la modificación de los artículos 3 y 7 del Reglamento. Para el primero solicitan se añada que los tres representantes del Ayuntamiento de Mogán en la comisión de seguimiento sean técnicos municipales. La alegación se ha desestimado porque no se considera la propuesta lo suficientemente motivada. “La selección de los representantes municipales en la Comisión de Seguimiento y Control se determinará en el momento apropiado para ello”, responde la Asesoría Jurídica.
En lo que respecta al artículo 7, NC pide se valore y calcule un porcentaje de viviendas reservadas, en concepto de cupo especial a quienes actualmente vivan en chabolas en el municipio de Mogán. Se desestima porque, como ya se indicó con anterioridad, ya existe el expediente para la «Redacción del Programa de ayuda a la erradicación de zonas degradadas, del chabolismo y la infravivienda, contemplado en el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, para las actuaciones a realizar en el actual área de chabolas de Arguineguín». Por tanto, la inclusión de este cupo será objetivo del mencionado expediente.
La alcaldesa Bueno ha informado que en el mes de marzo se publicarán los pliegos de prescripciones técnicas y administrativas para dar viabilidad al futuro concurso de para la construcción de las las promociones de viviendas, un total de 254.

